La diputada de la Nación Marcela Marina Pagano (Bloque Coherencia) presentó una denuncia penal ante la Justicia Federal solicitando la investigación y persecución penal contra un entramado de empresas multinacionales, sus directorios y la cadena de soporte financiero y operativo por actividades de exploración y explotación hidrocarburífera no autorizadas al norte de las Islas Malvinas, en el yacimiento conocido como Sea Lion.
La presentación judicial apunta contra la estructura corporativa y directiva de las siguientes firmas cotizantes en bolsas internacionales:
Navitas Petroleum Limited Partnership: Sociedad constituida en Israel (Herzliya) y cotizante en la Bolsa de Tel Aviv (TASE: NVPT.L), junto con su subsidiaria Navitas Petroleum Development and Production Ltd (Reino Unido).
Rockhopper Exploration PLC: Sociedad constituida en el Reino Unido y cotizante en el mercado AIM de la Bolsa de Londres.
JHI Associates Inc. / JHI Falkland: Compañía petrolera y su subsidiaria vinculada a la exploración en la cuenca.
Eco (Atlantic) Oil & Gas Ltd: Compañía constituida en Canadá (British Columbia), con cotización dual en la TSX-V (Toronto) y LSE (Londres).
Ejecutivos y Cadena de Valor: Miembros del directorio (Board of Directors) y cúpulas ejecutivas (CEO, CFO y cargos C-level), así como accionistas controlantes, bancos colocadores, suscriptores de deuda, auditores y asesores que presten colaboración material o financiera.
La denuncia encuadra los hechos en una severa combinación de normas sobre soberanía, hidrocarburos, régimen penal corporativo y delitos económicos:
Ley 26.659 (modificada por Ley 26.915): Artículos 1°, 2° y 3°, que sancionan expresamente las actividades petroleras en la Plataforma Continental Argentina sin autorización de las autoridades nacionales competentes.
Ley de Hidrocarburos (Ley 17.319): Artículo 56 y concordantes sobre ilegitimidad de concesiones.
Código Penal de la Nación: Artículos 173 inc. 7° (Administración fraudulenta), 174 inc. 5° (Fraude contra la administración pública), 277 (Encubrimiento) y 303 (Lavado de activos).
Prevención de Lavado y Responsabilidad Corporativa: Aplicación de las leyes 25.246 (Lavado de Activos) y 27.401 (Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas).
La presentación reafirma que la jurisdicción de la Justicia Federal argentina es indiscutible, fundada en:
Soberanía Territorial: Violación flagrante a los derechos soberanos de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes (Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional).
Dominio Público Nacional: Afectación directa de bienes del dominio público de la Nación en la plataforma continental (art. 4° de la Ley 17.319 y Ley 23.968).
La diputada solicitó al juez federal interviniente la adopción urgente de medidas cautelares y de aseguramiento probatorio, destinadas a inhibir bienes, restringir operaciones financieras o de emisión de deuda vinculadas al proyecto Sea Lion y tramitar exhortos e intromisiones judiciales internacionales.