domingo 04 de octubre de 2026 - Edición Nº699

Nacionales | 4 oct 2026

REFORMA DE LA SEGURIDAD NACIONAL EN EL ATLÁNT

GUERRA DE JURISDICCIONES EN EL MAR ARGENTINO: EL PROYECTO DEL GOBIERNO ABRE UN PELIGROSO SOLAPAMIENTO ENTRE LA ARMADA Y PREFECTURA

17:05 |La Ley de Defensa de la Soberanía Nacional enviada por el Ejecutivo al Congreso redefine los límites del control marítimo. Al facultar al instrumento militar para interceptar buques civiles y aplicar protocolos de intercepción en la Zona Económica Exclusiva, se borra la frontera entre Defensa e Inteligencia Policial, abriendo una abierta disputa legal y operativa con la Autoridad Marítima.


Por: Por Redacción Central

Buenos Aires, Argentina

El envío al Congreso del Proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional por parte del Poder Ejecutivo encendió las alarmas dentro del entramado de seguridad y defensa del Estado. Concebido como una herramienta integral para endurecer la postura argentina frente a la explotación ilegal de recursos en torno a Malvinas y actualizar la respuesta ante "nuevas amenazas", el texto desató una fuerte controversia en las bambalinas del Ministerio de Defensa y del Ministerio de Seguridad.

En el centro del debate se halla una histórica y delicada frontera jurídica: la distinción entre la Defensa Nacional (Ley 23.554) y la Seguridad Interior (Ley 24.059). Al otorgar amplias facultades operativas a las Fuerzas Armadas en la Plataforma Continental y la Zona Económica Exclusiva (ZEE) para tareas coercitivas e intercepción de buques civiles, la norma genera severas contradicciones y un inminente "choque de patrulleros" entre la Armada Argentina y la Prefectura Naval Argentina.

Las 4 grandes contradicciones del Proyecto en el Mar

1. Delito de Seguridad vs. Agresión Exterior

Hasta hoy, la norma era clara: la Armada Argentina custodia la soberanía militar frente a Fuerzas Armadas extranjeras, mientras que la Prefectura actúa como policía marítima, persiguiendo la pesca ilegal, el contrabando y la delincuencia ambiental en aguas nacionales. El nuevo proyecto diluye esa barrera al encuadrar las infracciones económicas y las incursiones no autorizadas como "amenazas a la seguridad nacional", habilitando a los buques de guerra a efectuar patrullajes e interceptaciones sobre barcos pesqueros o comerciales civiles.

2. Protocolos de Disparo y Reglas de Empeñamiento

El protocolo de intercepción marítima contemplado en el texto prevé el uso progresivo de la fuerza —incluidos disparos de advertencia e inutilización de embarcaciones— ante buques que no acaten las órdenes. La contradicción aflora de inmediato: mientras Prefectura actúa bajo los parámetros de la policía administrativa y el Código Procesal Penal (uso coercitivo mínimo para la detención), la Armada operaría bajo normas castrenses. Un incidente con un buque civil extranjero interceptado por un buque militar podría degenerar en una crisis diplomática internacional por falta de encuadre penal adecuado.

3. Cadena de Mando y Mapeo Policial

El proyecto crea un Consejo de Seguridad Nacional encabezado por el Presidente. Sin embargo, la duplicación de mandos sigue latente: la Armada depende orgánicamente del Ministerio de Defensa a través del Estado Mayor Conjunto, en tanto Prefectura se debe al Ministerio de Seguridad. Frente a una infracción en la milla 200, ¿quién asume el rol de auxiliares de la Justicia? La falta de un mando operacional unificado en tiempos de paz abre disputas procesales que podrían anular las actas de infracción en los tribunales.

4. Canibalización de Recursos Financieros y Logísticos

Tanto los Patrulleros Oceánicos (OPV) de la Armada como los guardacostas de la Prefectura requieren millonarios recursos operativos para navegar la ZEE. En un contexto de restricción presupuestaria, el proyecto no aclara el reparto de fondos, fomentando una carrera entre ambas fuerzas por monopolizar el gasto en horas de vuelo, combustible y modernización de medios.

INFOGRAFÍA: ARMADA vs. PREFECTURA BAJO LA NUEVA LEY

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                      INFOGRAFÍA: LA DISPUTA POR EL ATLÁNTICO SUR
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                 [ LEY 23.554 / LEY 24.059 ] (Marco Vigente)
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  ARMADA ARGENTINA                                       PREFECTURA NAVAL
  • Ámbito: Defensa Nacional                             • Ámbito: Seguridad Interior
  • Sujeto: Estados / FF.AA. Extranjeras                 • Sujeto: Buques civiles / Pesqueros
  • Misión: Disuasión y Guerra                             • Misión: Policía Marítima y Fiscalización

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                 [ NUEVO PROYECTO DE DEF. DE LA SOBERANÍA ] (Conflicto)
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                 │  NUEVAS ZONAS DE SOLAPAMIENTO DIRECTO │
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  ARMADA ARGENTINA                                       PREFECTURA NAVAL
  • Recibe poder de intercepción                         • Pierde exclusividad en
    marítima ante buques civiles [1.1.3]                    el control de la ZEE [1.1.2]
  • Uso de la fuerza en incidentes                       • Riesgo de invalidez probatoria
    comerciales / recursos [1.1.3]                          en actas contravencionales
  • Riesgo de militarización del mar [1.1.2]             • Subordinación táctica de hecho

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                        PUNTOS CRÍTICOS EN LA ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA
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 [1] ¿Quién detiene al pesquero ilegal?  ──► Doble pretensión de abordaje (Conflicto de Acta)
 [2] ¿Qué protocolo de disparo rige?    ──► Reglas de Empeñamiento Militares vs. Código Penal
 [3] ¿Quién administra la Inteligencia?  ──► Inteligencia Militar en ámbitos civiles/comerciales
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Un debate clave en el Congreso

Las comisiones parlamentarias debaten a contrarreloj las implicancias del texto. Mientras el oficialismo defiende el proyecto alegando la necesidad de contar con "todas las herramientas del Estado" para defender la soberanía en la Plataforma Continental y combatir el saqueo de recursos pesqueros e hidrocarburíferos, constitucionalistas y especialistas en Defensa advierten que militarizar el patrullaje civil desdibuja los pilares democráticos que separaron la Defensa de la Seguridad Interior tras 1983.

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